Disposición final. Entrada en vigor.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-08-03.
Texto consolidado
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», debiendo aplicarse a las cuentas anuales que se aprueben a partir de su entrada en vigor.
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- Ver la norma completa: Resolución de 26 de julio de 2021, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se autoriza la utilización de una cuenta de primer orden no recogida en el Plan General de Contabilidad Pública a los Organismos Autónomos y Entidades a las que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad de la Administración Institucional del Estado, aprobada por Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio.