Disposición final.
Disposición final del Real Decreto 157/1988, de 22 de febrero, por el que se establece la normativa a que deben ajustarse las denominaciones de origen y las denominaciones de origen calificadas de vinos y sus respectivos Reglamentos. · BOE-A-1988-4620
Atención: Real Decreto 157/1988 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La presente disposición entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».