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Real Decreto Derogada

Disposición final quinta. Modificación del Real Decreto 2353/2004, de 23 de diciembre, sobre determinados regímenes de ayuda comunitarios a la agricultura para la campaña 2005/2006, y a la ganadería para el año 2005.

Disposición final quinta del Real Decreto 947 /2005, de 29 de julio, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina. · BOE-A-2005-13120

Atención: Real Decreto 947/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Real Decreto 2353/2004, de 23 de diciembre, sobre determinados regímenes de ayuda comunitarios a la agricultura para la campaña 2005/2006, y a la ganadería para el año 2005, se modifica en los siguientes términos:

Uno. El apartado 5 del artículo 49 queda redactado del siguiente modo:

«5. Los socios que figuren en una solicitud presentada por un cebadero comunitario podrán, excepcionalmente en el año 2005, por razones sanitarias extraordinarias, solicitar la prima especial por bovinos machos a título individual.

En ningún caso, la suma de los animales de las solicitudes individuales y los correspondientes a la solicitud presentada por el cebadero comunitario podrá superar el límite de 60 animales machos.

En las solicitudes individuales el productor deberá hacer constar su condición de socio de un cebadero comunitario, que ya ha solicitado prima especial durante la presente campaña, y el número de animales que le correspondían en la citada solicitud.»

Dos. El apartado 5.4.2 del anexo XXIII queda redactado del siguiente modo:

«5.4.2. Compromiso de presentar las declaraciones de censo conforme a lo establecido en el artículo 52 de este real decreto.».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-07-31.

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