Disposición final quinta. Desarrollo normativo.
Disposición final quinta del Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre, por el que se regula la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y se modifican diversos reales decretos relativos al profesorado de enseñanzas no universitarias. · BOE-A-2022-16194
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-10-06.
Texto consolidado
Se autoriza a la persona titular del Ministerio de Educación y Formación Profesional a dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación de este real decreto.
Más artículos de Real Decreto 800/2022
- ← Disposición final cuarta. Título competencial.
- → Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- Ver la norma completa: Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre, por el que se regula la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y se modifican diversos reales decretos relativos al profesorado de enseñanzas no universitarias.