Disposición final quinta. Modificación del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.
Disposición final quinta del Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales. · BOE-A-2025-7190
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-05-10.
Texto consolidado
Se introduce la siguiente disposición adicional octava en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre:
«Disposición adicional octava.
Sin perjuicio de las excepciones previstas legal o reglamentariamente, para garantizar el uso seguro y correcto de los productos industriales, la información y documentación que deba acompañar a dichos productos según establezcan las disposiciones nacionales específicas o de la Unión Europea (entre otras, la relativa a los datos de contacto de los agentes económicos relacionados, instrucciones e información sobre seguridad, declaración de conformidad o declaración de prestaciones), se facilitarán al menos, en castellano, lengua española oficial del Estado.»
Más artículos de Real Decreto 164/2025
- ← Disposición final cuarta. Modificación de las Instrucciones Técnicas Complementarias IF-02, IF-04, IF-09, IF-10, IF-1…
- → Disposición final sexta. Modificación del Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción …
- Ver la norma completa: Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.