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Ley Orgánica Derogada

Disposición final quinta. Entrada en vigor.

Disposición final quinta de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. · BOE-A-2001-24515

Atención: Ley Orgánica 6/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", salvo los apartados 2 y 3 del artículo 42, que entrarán en vigor en el momento en que la Ley 30/1974, de 24 de julio, sobre pruebas de aptitud para el acceso a las Facultades, Escuelas Técnicas Superiores, Colegios Universitarios y Escuelas Universitarias, con valor reglamentario en virtud del apartado 4 de la disposición final cuarta de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, sea expresamente derogada. Entre tanto, se mantendrá vigente el actual sistema de acceso a los estudios universitarios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-01-13.

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