Disposición final quinta (sic). Prestación del servicio público autonómico de gestión de residuos sólidos urbanos.
Disposición final quinta de la Ley 8/1993, de 18 de noviembre, del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Cantabria. · BOE-A-1993-31102
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-01.
Texto consolidado
Hasta que el Gobierno apruebe, y entre en vigor, el Plan de residuos urbanos regulado en el artículo 5.1 de la Ley 8/1993, de 13 de noviembre, del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos, el servicio público autonómico de gestión de residuos urbanos regulado en el artículo 8 de la citada Ley se prestará en las instalaciones de gestión final de titularidad autonómica que, a tal efecto, designe la Consejería de Medio Ambiente.