Disposición final quinta.
Disposición final quinta de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León. · BOE-A-2003-8799
Atención: Ley 11/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Se autoriza a la Junta de Castilla y León para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente Ley.
2. La Consejería con competencias en materia de medio ambiente podrá desarrollar los procedimientos administrativos a los que se refiere esta Ley, así como el contenido del estudio de impacto ambiental, sin perjuicio del contenido mínimo establecido en la normativa básica estatal.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2014-11172.