Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
Disposición final primera del Real Decreto 845/2011, de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo. · BOE-A-2011-10973
Atención: Real Decreto 845/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se faculta a la persona titular del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para, previo cumplimiento de los trámites oportunos, dictar cuantas normas y medidas sean necesarias en el desarrollo y la aplicación de lo previsto en el presente real decreto.