Disposición final primera.
Disposición final primera del Real Decreto 782/1984, de 28 de marzo, por el que se regula la producción, intervención y precio de determinados alcoholes etílicos. · BOE-A-1984-9190
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE.
Texto consolidado
El precio del alcohol desnaturalizado de producción nacional de 95 grados GL, a efectos de fijación del precio de entrada previsto en el Real Decreto 120/1981, de 16 de enero, por el que se regulan las importaciones de alcoholes etílicos totalmente desnaturalizados, será de 59 pesetas/litro, incluido el Impuesto Especial.