Disposición final primera. Título competencial.
Disposición final primera del Real Decreto 685/2002, de 12 de julio, por el que se establecen determinadas medidas para su aplicación en el sector de los productos transformados a base de frutas y hortalizas. · BOE-A-2002-15888
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-08-07.
Texto consolidado
El presente Real Decreto tiene carácter de normativa básica y se dicta de conformidad con lo establecido en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Más artículos de Real Decreto 685/2002
- ← Disposición adicional única. Subumbrales de tomate para las campañas 2003/2004 a 2005/2006.
- → Disposición final segunda. Aplicación y facultad de desarrollo.
- Ver la norma completa: Real Decreto 685/2002, de 12 de julio, por el que se establecen determinadas medidas para su aplicación en el sector de los productos transformados a base de frutas y hortalizas.