Disposición final primera. Facultad de desarrollo.
Disposición final primera del Real Decreto 560/1995, de 7 de abril, por el que se establece las tallas mínimas de determinadas especies pesqueras. · BOE-A-1995-8639
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-04-09.
Texto consolidado
Se faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para dictar, dentro del ámbito de sus competencias, las disposiciones precisas para el desarrollo y aplicación del presente Real Decreto.