Disposición final primera. Facultades de ejecución y desarrollo.
Disposición final primera del Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, por el que se regulan las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda. · BOE-A-1998-6188
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-03-15.
Texto consolidado
Se faculta al Ministro de Economía y Hacienda, previo cumplimiento de los trámites legales correspondientes, para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y el desarrollo de lo dispuesto en el presente Real Decreto.
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