Disposición final primera. Normativa aplicable.
Disposición final primera del Real Decreto 312/2016, de 29 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el apoyo a las acciones de formación profesional y adquisición de competencias en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico. · BOE-A-2016-7942
Atención: Real Decreto 312/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En todo lo no previsto en este real decreto será de aplicación el Reglamento (UE) n.º 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, el Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y sus normas de desarrollo y aplicación, así como la Ley 38/2003 de 17 de noviembre y su Reglamento, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Más artículos de Real Decreto 312/2016
- ← Disposición adicional única. Fraudes e irregularidades.
- → Disposición final segunda. Referencias legislativas.
- Ver la norma completa: Real Decreto 312/2016, de 29 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el apoyo a las acciones de formación profesional y adquisición de competencias en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico.