Disposición final primera. Personal docente.
Disposición final primera del Real Decreto 2670/1998, de 11 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 30.1 f) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. · BOE-A-1998-29723
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-12-25.
Texto consolidado
Por la Ministra de Educación y Cultura se regulará la aplicación al personal docente de la disminución de jornada de trabajo a que se refiere este Real Decreto de forma que sea compatible con las exigencias organizativas derivadas del derecho a la educación de los alumnos.
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