Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades.
Disposición final primera del Real Decreto 227/2006, de 24 de febrero, por el que se complementa el régimen jurídico sobre la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles en determinadas pinturas y barnices y en productos de renovación del acabado de vehículos. · BOE-A-2006-3377
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-02-26.
Texto consolidado
La sección 12 del anexo I del Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, tendrá la siguiente redacción:
«12. Renovación del acabado de vehículos.
Toda actividad industrial o comercial de recubrimiento y actividades conexas de desengrasado mediante las que se efectúe:
a) El recubrimiento original del vehículo de carretera, o de una parte de aquél, con materiales del tipo de renovación del acabado, cuando se realice fuera de la línea de fabricación original, o
c) El recubrimiento de remolques (incluidos los semirremolques) (categoría O).»
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