Disposición final primera. Facultades de aplicación y desarrollo.
Disposición final primera del Real Decreto 202/2024, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto del Fondo Español de Garantía Agraria. · BOE-A-2024-6217
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-04-17.
Texto consolidado
Se faculta a la persona titular del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para dictar cuantas disposiciones de carácter general resulten necesarias para el desarrollo y aplicación de este real decreto.