Disposición final primera.
Disposición final primera del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. · BOE-A-1993-29581
Atención: Real Decreto 1942/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Se faculta al Ministro de Industria y Energía para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y cumplimiento del presente Real Decreto.
2. El presente Real Decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».