Disposición final primera. Facultades de desarrollo y aplicación.
Disposición final primera del Real Decreto 1799/2003, de 26 de diciembre, por el que se regula el contenido de las listas electorales y de las copias del censo electoral. · BOE-A-2003-23715
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-12-28.
Texto consolidado
Se faculta al Ministro de Economía para dictar las normas de desarrollo que sean necesarias para el cumplimiento de este real decreto.
Se faculta al Presidente del Instituto Nacional de Estadística, para dictar las resoluciones precisas para la aplicación de este real decreto, exclusivamente en las materias propias de su competencia.