Disposición final primera. Poblaciones con nombre reconocido en alguna de las lenguas cooficiales.
Disposición final primera del Real Decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre demarcación Notarial. · BOE-A-2007-5675
Atención: Real Decreto 173/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el plazo máximo de un año, contado desde la entrada en vigor del presente real decreto, la Dirección General de los Registros y del Notariado publicará una relación de todas las poblaciones en que exista demarcada alguna Notaría que ostente nombre oficialmente reconocido en alguna de las lenguas españolas que difiera del que figura en la presente Demarcación.