Disposición final primera. Habilitación.
Disposición final primera del Real Decreto 172/2008, de 8 de febrero, por el que se delimita la zona de promoción económica de la ciudad de Ceuta. · BOE-A-2008-4484
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-03-09.
Texto consolidado
Se autoriza al Ministro de Economía y Hacienda para dictar, a propuesta del Consejo Rector, las disposiciones necesarias en desarrollo y ejecución de este real decreto, así como para modificar los límites cuantitativos previstos en el artículo 8, números 1, a), b) y c), cuando las circunstancias lo aconsejen.