Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
Disposición final primera del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es. · BOE-A-2002-3138
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-02-17.
Texto consolidado
Se faculta al Ministro de Ciencia y Tecnología, y a los Ministros de Hacienda y de Administraciones Públicas en el ámbito de sus competencias, para dictar cuantas disposiciones y medidas se estimen necesarias para el desarrollo y aplicación de este Real Decreto.