Disposición final primera.
Disposición final primera del Real Decreto 1520/1991, de 25 de octubre, por el que se extingue la Confederación Nacional de Cámaras Agrarias. · BOE-A-1991-25971
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-10-27.
Texto consolidado
Se faculta al Ministro de Agricultura Pesca y Alimentación para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y cumplimiento del presente Real Decreto, con respeto de los derechos laborales de las personas afectadas.