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Real Decreto Vigente

Disposición final primera.

Disposición final primera del Real Decreto 137/1984, de 11 de enero, sobre estructuras básicas de salud. · BOE-A-1984-2574

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-02-21.

Texto consolidado

La adscripción a los Equipos de Atención Primaria de los funcionarios sanitarios locales que prestan atención sanitaria a beneficiarios de la Seguridad Social, supondrá la integración del cupo de titulares del derecho a la asistencia sanitaria correspondiente a la plaza desempeñada, de manera definitiva,

Dicha plaza, una vez realizada la transformación, tendrá, a todos los efectos, la consideración de plaza de Equipos de Atención Primaria, cuyo régimen será de ineludible cumplimiento para el funcionario que pudiera desempeñarla; en cualquier caso, aquél mantendrá su actual estatus funcionarial inherente a su pertenencia a un Cuerpo de Sanitarios Locales.

Asimismo, las cupos del personal sanitario de la Seguridad Social; una vez realizada la integración en los Equipos de Atención Primaria, tendrán, a todos los efectos, consideración de plazas de dichos Equipos, cuyo régimen será de ineludible cumplimiento para el personal que pudiera desempeñarla, que conservará su vinculación estatutaria con la Seguridad Social.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1984-02-21.

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