Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.
Disposición final primera del Real Decreto 136/2020, de 27 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno. · BOE-A-2020-1200
Atención: Real Decreto 136/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, queda modificado en los siguientes términos:
Uno. El apartado 2 del artículo 2 queda redactado de la siguiente manera:
«2. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y para Iberoamérica y el Caribe.
b) La Secretaría de Estado para la Unión Europea.
c) La Secretaría de Estado de Cooperación Internacional.
d) La Secretaría de Estado de la España Global.»
Dos. El apartado 3 del artículo 12 queda redactado de la siguiente manera:
«3. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales.
b) La Secretaría de Estado de Memoria Democrática.»
Tres. El apartado 3 del artículo 13 queda redactado de la siguiente manera:
«3. Este Ministerio dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública.»
Cuatro. El apartado 2 del artículo 20 queda redactado de la siguiente manera:
«2. Este Ministerio dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género.»