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Real Decreto Derogada

Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1638/1999, de 22 de octubre, por el que se regula la enajenación de bienes muebles y productos de defensa en el Ministerio de Defensa.

Disposición final primera del Real Decreto 1286/2010, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa. · BOE-A-2010-16133

Atención: Real Decreto 1286/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Real Decreto 1638/1999, de 22 de octubre, por el que se regula la enajenación de bienes muebles y productos de defensa en el Ministerio de Defensa queda modificado de la siguiente manera:

Uno. El primer párrafo del artículo 6.4 queda redactado como sigue:

«4. Con los informes favorables de la Intervención General de Defensa y la Asesoría Jurídica General, y el Acuerdo de Consejo de Ministros al que se refiere el artículo 4.2, cuando proceda, se dictará por el Ministro de Defensa el acuerdo de enajenación y, en su caso, de puesta a disposición del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, que implicará por sí solo la desafectación y la baja en inventario de los bienes muebles o productos de defensa de que se trate.»

Dos. En el artículo 9 se introduce un nuevo párrafo segundo, con la siguiente redacción:

«En los casos en que la enajenación se efectúe por el Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, el organismo remitirá a la Dirección General de Armamento y Material la información contable que se señala en el párrafo anterior.»

Tres. El artículo 10 queda redactado como sigue:

«Artículo 10. Ingresos.

1. Los ingresos procedentes de las enajenaciones efectuadas por el organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa se destinarán a los fines establecidos en el artículo 5.4 de su estatuto.

2. En el resto de los casos, los citados ingresos serán transferidos al Tesoro Público de acuerdo con los procedimientos establecidos en la normativa presupuestaria vigente.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-10-24.

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