Disposición final primera.
Disposición final primera del Real Decreto 1118/1989, de 15 de septiembre, por el que se determinan las especies objeto de caza y de pesca comercializables y se dictan normas al respecto. · BOE-A-1989-22447
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-09-20.
Texto consolidado
Se faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para dictar en el ámbito de sus competencias las normas y actos necesarios para el desarrollo y aplicación de este Real Decreto.