Disposición final primera.
Disposición final primera del Real Decreto 108/1991, de 1 de febrero, sobre la prevención y reducción de la contaminación del medio ambiente producida por el amianto. · BOE-A-1991-3212
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-02-07.
Texto consolidado
Se faculta a los Ministros de Obras Públicas y Urbanismo, Industria y Energía y de Trabajo y Seguridad Social para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, puedan dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el cumplimiento y desarrollo del presente Real Decreto.