Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
Disposición final primera del Real Decreto 1011/2013, de 20 de diciembre, de desconcentración de facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos, en el ámbito del Ministerio de Defensa. · BOE-A-2013-13726
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-01.
Texto consolidado
Se faculta al Ministro de Defensa para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de este real decreto.
Más artículos de Real Decreto 1011/2013
- ← Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- → Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1011/2013, de 20 de diciembre, de desconcentración de facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos, en el ámbito del Ministerio de Defensa.