Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
Disposición final primera de la Orden PRE/2523/2008, de 4 de septiembre, por la que se crean los Centros de la Guardia Civil para la vigilancia marítima de costas y fronteras. · BOE-A-2008-14596
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-09-06.
Texto consolidado
Se faculta al Secretario de Estado de Seguridad y al Director General de la Policía y de la Guardia Civil para desarrollar, en el ámbito de sus respectivas competencias, lo previsto en esta Orden.