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Orden Vigente

Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.

Disposición final primera de la Orden INT/2936/2009, de 27 de octubre, por la que se crea el registro electrónico de la Guardia Civil. · BOE-A-2009-17430

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-11-04.

Texto consolidado

Se habilita al Director General de la Policía y de la Guardia Civil para desarrollar lo dispuesto en la presente Orden y para modificar la relación de los trámites y procedimientos incluidos en su Anexo.

En todo caso, la adopción de nuevos trámites, procedimientos y modelos normalizados o la modificación de los actuales será difundida a través de la dirección electrónica de acceso al Registro Electrónico de la Guardia Civil.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-11-04.

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