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Orden Vigente

Disposición final primera. Habilitación.

Disposición final primera de la Orden INT/1715/2013, de 18 de septiembre, por la que se regula la concesión de subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles. · BOE-A-2013-9959

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-09-26.

Texto consolidado

Se autoriza al Director General de la Guardia Civil para que dicte las instrucciones oportunas de desarrollo y aplicación de esta orden, exceptuando la aprobación de la convocatoria pública anual de las subvenciones, cuya competencia corresponde al Ministro del Interior, tal y como dispone el artículo 4.1 de esta orden.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-09-26.

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