Disposición final primera. Habilitación.
Disposición final primera de la Orden INT/1715/2013, de 18 de septiembre, por la que se regula la concesión de subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles. · BOE-A-2013-9959
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-09-26.
Texto consolidado
Se autoriza al Director General de la Guardia Civil para que dicte las instrucciones oportunas de desarrollo y aplicación de esta orden, exceptuando la aprobación de la convocatoria pública anual de las subvenciones, cuya competencia corresponde al Ministro del Interior, tal y como dispone el artículo 4.1 de esta orden.