Disposición final primera. Autorización a la Comisión Nacional del Juego.
Disposición final primera de la Orden EHA/3080/2011, de 8 de noviembre, por la que se aprueba la reglamentación básica de las apuestas deportivas de contrapartida. · BOE-A-2011-17964
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-11-17.
Texto consolidado
1. Se autoriza a la Comisión Nacional del Juego a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y la aplicación de esta Orden y, en particular, para la modificación del anexo III que la acompaña.
2. Se autoriza a la Comisión Nacional del Juego a adoptar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo previsto en la Reglamentación básica de las apuestas deportivas de contrapartida, sin perjuicio de las competencias que corresponden a las Comunidades Autónomas en materia de planificación y regulación de los juegos y apuestas desarrollados, de forma presencial, en establecimientos públicos dedicados a actividades recreativas.
3. Se autoriza a la Comisión Nacional del Juego a establecer el procedimiento que regule el otorgamiento de licencias singulares y el de autorizaciones de actividades de juego de carácter ocasional, de acuerdo con lo establecido en la presente Orden Ministerial y en la normativa de desarrollo de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego. En este procedimiento se establecerán los requisitos que deberán exigirse a los operadores y la documentación acreditativa que éstos deberán presentar.