Disposición final primera. Modificación de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-07-09.
Texto consolidado
La Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, queda modificada como sigue:
1. En el anexo I, código 021 autoliquidaciones, se incluye el siguiente modelo de autoliquidación:
Código de modelo: 763.
Denominación: Impuesto sobre actividades de juego en los supuestos de actividades anuales o plurianuales.
Período de ingreso: T.
2. En el anexo III, código 023 liquidaciones, se modifica la denominación del modelo 032 que pasa a ser la siguiente:
«Liquidación tributos devengados a la importación y gestionados por la administración tributaria canaria.»
Más artículos de Orden EHA/1881/2011
- ← Artículo 4. Plazo de presentación del modelo 763.
- → Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Ver la norma completa: Orden EHA/1881/2011, de 5 de julio, por la que se aprueba el modelo 763 de autoliquidación del Impuesto sobre actividades de juego en los supuestos de actividades anuales o plurianuales, se determina la forma y plazos de su presentación y se regulan las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática y se modifica la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.