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Ley Foral Vigente

Disposición final primera. Facultad de desarrollo.

Disposición final primera de la Ley Foral 16/2005, de 5 de diciembre, de ordenación vitivinícola. · BOE-A-2006-2

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-15.

Texto consolidado

Se faculta al Gobierno de Navarra para dictar cuantas disposiciones reglamentarias sean necesarias para el desarrollo y ejecución de esta Ley Foral, en el plazo máximo de seis meses desde su entrada en vigor.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-12-15.

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