Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley Foral 1/2002, de 7 de marzo, de Infraestructuras Agrícolas. · BOE-A-2002-8352
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-03-16.
Texto consolidado
Se faculta al Gobierno de Navarra a dictar cuantas disposiciones reglamentarias sean precisas para el desarrollo y aplicación de esta Ley Foral.