Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 9/2006, de 23 de noviembre, del Instituto de Fomento de la Región de Murcia. · BOE-A-2007-9418
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-08.
Texto consolidado
Se autoriza al Consejo de Gobierno para dictar las medidas y disposiciones que sean necesarias en desarrollo de la presente Ley y, en especial, para aprobar los Estatutos del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.2 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.