Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 9/1989, de 5 de octubre, de Ordenación de la Actividad Comercial en Aragón. · BOE-A-1989-25944
Atención: Ley 9/1989 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La presente Ley entrará en vigor el día 1 de enero de 1990, excepto en lo que se refiere a la apertura de establecimientos comerciales de gran superficie, cuya entrada en vigor se producirá al mes de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».