Disposición final primera. Entrada en vigor.
Disposición final primera de la Ley 8/2022, de 30 de junio, sobre acceso y ejercicio de profesiones de la actividad física y del deporte en la Comunidad Autónoma del País Vasco. · BOE-A-2022-14085
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-20.
Texto consolidado
1. Esta ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco».
2. No obstante lo anterior, no serán exigibles las cualificaciones profesionales previstas en esta ley hasta el día 1 de enero de 2026. Asimismo, los plazos de cumplimiento de las obligaciones formales establecidas en esta ley serán determinados en las normas reglamentarias correspondientes.