Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 8/2002, de 27 de noviembre, de Juventud de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-4502
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-06.
Texto consolidado
Se autoriza al Gobierno de la Comunidad de Madrid para dictar cuantas disposiciones sean necesarias en ejecución y desarrollo de la presente Ley.