Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
Disposición final primera de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi. · BOE-A-2011-16287
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-13.
Texto consolidado
Se autoriza al Gobierno Vasco para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente ley.