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Ley Vigente

Disposición final primera. Modificación de la Ley 26/1988, de 29 de julio, de disciplina e intervención de las entidades de crédito.

Disposición final primera de la Ley 6/2005, de 22 de abril, sobre saneamiento y liquidación de las entidades de crédito. · BOE-A-2005-6562

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-04-24.

Texto consolidado

La Ley 26/1988, de 29 de julio, de disciplina e intervención de las entidades de crédito, se modifica en los siguientes términos:

Uno. Se añade un nuevo artículo 37 bis con la siguiente redacción:

«Artículo 37 bis.

En el supuesto de que una entidad de crédito decida su disolución y correspondiente liquidación voluntaria, deberá comunicarlo al Banco de España, el cual podrá fijar condiciones a dicha decisión en el plazo de tres meses desde la presentación de la correspondiente solicitud.»

Dos. Se suprime el apartado 3 del artículo 38.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-04-24.

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