Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final primera de la Ley 5/2009, de 20 de octubre, de Ordenación del Transporte y la Movilidad por Carretera. · BOE-A-2009-20659
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-10-22.
Texto consolidado
Sin perjuicio de las facultades atribuidas por esta ley a la consejería competente en materia de transportes, se habilita al Gobierno de la Comunidad de Madrid para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y cumplimiento de lo previsto en la misma.