Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 5/2003, de 22 de abril, de medidas de prevención de los incendios forestales en las urbanizaciones sin continuidad inmediata con la trama urbana. · BOE-A-2003-10529
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-09.
Texto consolidado
Se faculta al Gobierno y a los consejeros de Medio Ambiente y de Justicia e Interior, en el ámbito de sus respectivas competencias, para dictar las normas necesarias para el desarrollo reglamentario de la presente Ley en el plazo de un año.