Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
Disposición final primera de la Ley 5/2002, de 4 de abril, de Caza, de Aragón. · BOE-A-2002-9244
Atención: Ley 5/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se autoriza al Gobierno de Aragón a dictar, dentro del plazo máximo de un año, las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para el desarrollo de la presente Ley.