Disposición final primera. Habilitación.
Disposición final primera de la Ley 4/2022, de 29 de marzo, por la que se alza la suspensión del funcionamiento del Consejo Económico y Social de La Rioja. · BOE-A-2022-6678
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-31.
Texto consolidado
Se faculta al Gobierno de La Rioja para dictar las disposiciones reglamentarias de desarrollo y ejecución de lo establecido en la presente ley, y para regular los efectos del alzamiento de la suspensión de la actividad del Consejo Económico y Social, en materia patrimonial, presupuestaria, contable, de contratación, de personal y cualesquiera otras, así como los efectos derivados de la reanudación, en su caso, de las relaciones jurídicas que implique el citado alzamiento de la suspensión.