Disposición final primera. Modificación de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.
Disposición final primera de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de reconocimiento y atención a las víctimas del terrorismo en Castilla y León. · BOE-A-2017-12358
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-10-03.
Texto consolidado
Se añade una Disposición Adicional en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional decimoquinta. Derechos en materia de función pública de las víctimas del terrorismo.
1. La Administración de la Comunidad de Castilla y León, en los términos que establezca la normativa básica estatal, adoptará las medidas necesarias para favorecer el acceso de las víctimas del terrorismo al empleo público.
2. La Administración de la Comunidad de Castilla y León hará efectivos al personal funcionario que haya sufrido la acción terrorista los derechos establecidos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, en los términos que en él se disponen».