Disposición final primera. Desarrollo.
Disposición final primera de la Ley 4/2014, de 22 de diciembre, del Paisaje. · BOE-A-2015-682
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-29.
Texto consolidado
1. Se autoriza al Gobierno de Cantabria para dictar las normas necesarias para desarrollar y aplicar las disposiciones de la presente Ley.
2. En particular, el Gobierno de Cantabria en el plazo de seis meses a contar desde la publicación de esta Ley fijará el calendario para la elaboración y aprobación de los instrumentos de ordenación así como del catálogo de paisajes relevantes.