Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
Disposición final primera de la Ley 4/2006, de 19 de abril, del Instituto de Estudios Riojanos. · BOE-A-2006-8718
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-04-26.
Texto consolidado
Se autoriza al Gobierno de La Rioja para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.
El efectivo funcionamiento del Instituto de Estudios Riojanos como organismo autónomo, se producirá cuando se constituya su Consejo de Administración.