Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 4/1996, de 22 de mayo, relativa al Instituto Aragonés de Servicios Sociales. · BOE-A-1996-13286
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-05-28.
Texto consolidado
Se autoriza al Gobierno de Aragón para dictar las disposiciones necesarias y adoptar las medidas pertinentes para el desarrollo y aplicación de la presente Ley.
En el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, el Gobierno de Aragón aprobará el Reglamento del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.